El texto de referencia: RD 989/2015 y su ITC 8
El Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre, aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería, que incorpora la Directiva 2013/29/UE. Su Instrucción Técnica Complementaria número 8 (ITC 8) regula los espectáculos pirotécnicos realizados por expertos con artículos F1 a F4, T1, T2, P1, P2 y artificios de fabricación propia sin marcado CE. Se aplica también a los disparos de artículos F1/F2/F3/T1/P1 que en conjunto superen 10 kg de NEC: en ese caso deben realizarlos expertos.
La ITC 8 define la zona de lanzamiento (reservada al personal de la empresa de expertos), las zonas de seguridad vigiladas por el organizador, la distancia de seguridad medida desde los morteros, y distingue la entidad organizadora, que asume la responsabilidad ante la Administración, de la empresa de expertos que dispara. Prohíbe la mecanización de artificios F1 a F3 por no expertos y su iniciación eléctrica.
Tres tramos según el NEC: notificación o autorización
El apartado 3 de la ITC 8 fija el régimen según el contenido neto de materia explosiva. Espectáculos de tipo A, NEC superior a 10 kg e inferior o igual a 50 kg: simple notificación a la Delegación del Gobierno por la entidad organizadora, con una antelación mínima de 10 días, con declaración responsable de disponer de los documentos del apartado 3. Tipo B, de 50 a 100 kg: la misma notificación a 10 días, pero se entrega el plan de seguridad junto con ella.
Tipo C, NEC superior a 100 kg: autorización expresa de la Delegación del Gobierno, previo informe del Área Funcional de Industria y Energía y de la Intervención de Armas y Explosivos, solicitada con una antelación mínima de 15 días hábiles, con plan de seguridad y de emergencia y seguro de responsabilidad civil del organizador. La notificación o autorización no exime de otras autorizaciones, en particular municipales, y la Delegación remite copia al ayuntamiento.
El expediente: productos, personal, seguro y distancias
Sea cual sea el tramo, la entidad organizadora debe disponer de la conformidad de la propiedad del suelo, del seguro de responsabilidad civil de la empresa de expertos, de copia de la autorización del taller de preparación y montaje y de la justificación de su capacidad de almacenamiento, de la relación de artículos a disparar con tipo, número y NEC por artículo, de los tiempos de disparo por sección, de la identificación de expertos y aprendices con copia de sus carnés, de los boletines TC-2 y de la declaración de cumplimiento de la Ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales.
Las distancias de seguridad deben acompañarse de un plano del emplazamiento en el que se señalen. Por encima de 100 kg se añaden la secuencia de disparo con esquema gráfico y el plan de emergencia, y la vigilancia de la zona de seguridad debe ser humana. PyroDesk genera la relación de artículos con NEC por línea y total, el plano con los radios de seguridad, la secuencia de disparo y la ficha de cada experto, listos para adjuntar al modelo de notificación del anexo I.
Cualificación: carné de aprendiz y carné de experto
La Especificación Técnica 8.01 reserva el disparo a los titulares de un carné de experto o de aprendiz expedido por el Área Funcional o Dependencia de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno, siempre ligado a un taller de preparación y montaje autorizado y a la contratación por una empresa de expertos. El aprendiz debe tener 18 años, el certificado de estudios primarios, una formación teórica organizada por la empresa y un certificado médico de aptitud.
El experto debe poseer el carné de aprendiz y acreditar, mediante certificación de la empresa, prácticas en al menos 10 espectáculos bajo la tutela de un disparador con carné de experto, en un periodo continuado o como máximo en tres años en periodos discontinuos. El carné de experto incluye la habilitación T2 pero no P2. El carné es único y sigue a la persona si cambia de empresa; el organizador debe poder presentar las copias de todo el equipo, suplentes incluidos.
Después del disparo, incidentes y restricciones locales
La ITC 8 prevé la suspensión o interrupción del espectáculo cuando falta la autorización preceptiva o dejan de cumplirse las condiciones de seguridad; todo accidente o incidente debe comunicarse a la Delegación del Gobierno en un plazo máximo de 24 horas, y los artificios defectuosos se declaran en 5 días hábiles. Las actuaciones posteriores al espectáculo (rastreo, neutralización de fallos) se detallan en el apartado 10.
Las comunidades autónomas y los ayuntamientos añaden sus reglas: prohibiciones estivales en zonas con riesgo de incendio forestal, horarios, licencias de ocupación del dominio público y, en la Comunitat Valenciana, un régimen propio para mascletàs y disparos tradicionales. PyroDesk muestra en su página de trámites de España las autoridades competentes y permite adjuntar la autorización municipal al expediente junto con la notificación a la Delegación. Cuando el espectáculo se celebra en suelo público, la Delegación suele pedir la conformidad del ayuntamiento antes de tramitar el expediente, por lo que conviene presentar ambas solicitudes juntas.
Facturación: Verifactu, Crea y Crece y la aportación de PyroDesk
España regula los sistemas informáticos de facturación mediante el Real Decreto 1007/2023 (sistema Verifactu, registros inalterables), cuyo calendario de obligación se fijó y después se ajustó por vía reglamentaria, y la Ley 18/2022 «Crea y Crece» prevé la factura electrónica obligatoria entre empresas, cuya entrada en vigor depende de su reglamento de desarrollo y del tamaño de la empresa. La empresa pirotécnica debe comprobar, en la fecha de cada factura, el régimen que le resulta aplicable.
PyroDesk elabora presupuestos, contratos y portal del cliente en español (o en el idioma del cliente), calcula el NEC total del plan de disparo y señala el tramo A, B o C con el plazo correspondiente (10 días o 15 días hábiles), y emite facturas en formato estructurado conforme a la norma europea EN 16931, base de los formatos previstos por la factura electrónica española. El expediente reúne carnés, seguros, plano y secuencia: todo lo que pide la Delegación.