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Seguridad

Transporte ADR clase 1

Definición

Los artificios pirotécnicos son mercancías peligrosas de clase 1 según el acuerdo ADR: UN 0333 (1.1G), UN 0334 (1.2G), UN 0335 (1.3G), UN 0336 (1.4G) y UN 0337 (1.4S). La mayoría de los productos profesionales se clasifican 1.3G o 1.4G. El ADR permite un transporte aligerado por debajo de las cantidades de la subsección 1.1.3.6, expresadas en masa neta de materia explosiva por unidad de transporte: 20 kg para 1.3G (categoría de transporte 1), 333 kg para 1.4G (categoría 2), sin límite para 1.4S. Bajo esos umbrales el conductor debe llevar igualmente la carta de porte, un extintor, respetar la prohibición de fumar y contar con la formación llamada «1.3»; por encima, hacen falta un conductor con certificado ADR con especialización de clase 1, un vehículo EX/II o EX/III y la señalización naranja. Las cargas mixtas de varias divisiones se calculan con la regla más severa.

En la práctica, para el pirotécnico

Cargar dos espectáculos en la misma furgoneta hace superar enseguida los 20 kg de 1.3G. PyroDesk suma, por cada ruta, la masa neta por división de riesgo de los artificios retirados del stock, indica si se mantiene el régimen aligerado e imprime la carta de porte con números ONU, cantidades y expedidor.

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