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Aplazamiento y cancelación de un fuego

Definición

El aplazamiento es la decisión de disparar el fuego en otra fecha; la cancelación, la de no dispararlo en absoluto. Las causas son el viento por encima del límite fijado, la tormenta, una orden prefectoral de sequía, un luto nacional, una prohibición municipal o un impedimento del organizador. La normativa no prevé un procedimiento de aplazamiento del CERFA 14098: una nueva fecha exige en principio una nueva declaración, salvo tolerancia de la prefectura para un aplazamiento de pocos días comunicado por correo electrónico, lo que varía de un departamento a otro. El contrato debe por tanto regular de antemano quién decide, con qué criterios medibles y qué ocurre con el dinero: conservación del anticipo, facturación de los gastos incurridos, fecha de reserva, destino de los artificios ya retirados del stock. Un fuego cancelado por causa externa solo es fuerza mayor si esta es imprevisible e irresistible, lo que la meteorología estacional no siempre es.

En la práctica, para el pirotécnico

Aplazar un fuego significa rehacer una declaración, reasignar un equipo, reservar stock e informar a un cliente descontento, todo en 48 horas. PyroDesk duplica el expediente en la nueva fecha con sus documentos, recalcula el plazo del CERFA, libera o conserva los artificios reservados y envía el aviso de aplazamiento al cliente por el portal con las cláusulas económicas aplicables.

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